Repartidores de publicidad y empresas de buzoneo

Actualidad legal el reparto y el repartidor de publicidad

La legislación que rige la actividad del reparto en los buzones de la ciudad, es competencia de los Ayuntamientos, por lo que se puede decir que no existe una Ley única que la regule, sino distintas ordenanzas municipales que responden a la realidad de cada una de las ciudades y esto también sirve para el repartidor de publicidad.

Un repartidor de publicidad es una pieza importante para las marcas

En este artículo queremos mostraros la actualidad legal del reparto de publicidad en algunas de las ciudades más importantes de España.

Reparto de publicidad en Madrid

La “Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior” que debería contemplar lo relativo a la actividad del reparto de publicidad en los buzones, no establece nada al respecto. Pero de la revisión del conjunto de ordenanzas aprobadas por el Ayuntamiento de la ciudad, nos encontramos que en la “Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos”, si existe una norma que en cierta forma regula la misma.

Lo que indica que no se le dio un trato relacionado con el aspecto publicitario y tampoco con el aspecto de la intimidad, que en ocasiones es lo que demandan los propietarios de las viviendas.

El Ayuntamiento madrileño se enfocó en el aspecto de la limpieza de la ciudad, al señalar que la mencionada publicidad no debe generar suciedad en los espacios públicos de la esta, así como tampoco en los lugares donde se encuentran los buzones.

Reparto de publicidad en Valencia

Actualidad de los repartidores de publicidadEn Valencia, el reparto de publicidad se rige por la ordenanza que regula la ocupación del dominio público.

Esta ordenanza señala que la distribución debe ser gratuita, manual y directa, como que sea también realizada por organismos sin fines de lucro, por partidos políticos o por agrupaciones de comerciantes.

En el caso de que sean realizadas por las personas antes señaladas, la ordenanza además del permiso aprobado, condiciona la actividad a un horario de 10:00 a 21:00 y el compromiso de que el espacio quede limpio después de colocar la publicidad, al tiempo que responsabiliza al beneficiario de la publicidad o a las agencias que se encargan de colocarla.

Reparto de publicidad en Barcelona

Al igual que en Madrid y Valencia, en Barcelona al buzoneo tampoco se le da un trato relacionado con la publicidad, sino que la misma es regulada por la “Ordenanza de los usos del paisaje urbano de la ciudad de Barcelona”.

Esta Ordenanza señala hasta tres requisitos que deben cumplir las agencias y los repartidores de publicidad en Barcelona.

  1. La obligación de mantener el orden alrededor de los espacios donde se encuentran los buzones y no realizar la entrega de manera indiscriminada.
  2. Que se respete a las personas que exigen el que no se les deje publicidad en sus buzones.
  3. Que se utilice solo material reciclable y lleven escrita la ley que sugiera depositarlos en contenedores selectivos.

Reparto de publicidad en Sevilla

En Sevilla el buzoneo al igual que en Madrid, se encuentra regulado en la “Ordenanza de Limpieza Pública”. Esta ordenanza al regular el reparto de publicidad en buzones, impone tres requisitos o condiciones a las agencias de publicidad que son:

  1. Obtener el debido permiso
  2. Compromiso de no generar suciedad en los espacios públicos
  3. La publicidad entregada en los domicilios solo se debe depositar en los buzones o en el lugar que la comunidad de vecinos haya señalado.

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